Amigables con el medio ambiente Nuestros productos son 100% Biodegradables
“COOHILADOS DEL FONCE LTDA.” Somos una Cooperativa Multiactiva ubicada en el municipio de San Gil, productora de empaques, telas, cordeles y sogas de fique, fibra natural 100% biodegradable, con 18 años de existencia como Cooperativa y más de 60 años de trayectoria en la región de Santander - Colombia.
Producimos y vendemos empaques, telas, cordeles, sogas y geotextiles en fibra natural "fique", garantizando un producto de excelente calidad a todos nuestros clientes. Hemos logrado mantener un reconocimiento comercial en el mercado nacional gracias a nuestros precios competitivos, entregas oportunas y calidad de nuestros productos teniendo como bandera la responsabilidad social con nuestros colabroadores, proveedores, clientes y con el medio ambiente nuestro principal proveedor.
Estamos reafirmando una tradición iniciada por nuestros artesanos, propiciamos nuevos horizontes de progreso en la región, fortaleciendo los procesos productivos y la vida social, base esencial para la supervivencia y proyección de la Cooperativa.
COOHILADOS DEL FONCE se ha caracterizado siempre por ser impulsor, gestor de productos biodegradables y estar..
Celebramos este lindo Mes de Amor y Amistad de la mano del Área de Gestión Humana junto con Personal del Área de Psicología que realiza las Practicas Universitarias..
Artículo 1.2.1.5.1.4. Términos y condiciones de la información que será materia de publicación. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN mediante resolución prescribirá los términos y condiciones de la información que será materia de publicación, para comentarios de la sociedad civil. Artículo 1.2.1.5.1.5. Procedimiento para el registro web y comentarios de la Sociedad Civil. El procedimiento para el registro de la información en el registro web y los comentarios de la sociedad civil, que deben seguir las entidades de que trata esta sección 2 de este capítulo, sera el siguiente: 1. Recibo y Publicación. Los sujetos obligados al registro deberán publicar en su sitio web la información y sus anexos, conforme con lo establecido en los parágrafos 2 y 4 del artículo 364-5 del Estatuto tributario y los artículos 1.2.5.1.3. y 1.2.5.1.4. de este decreto.